Ley Contra el Acoso y la Violencia Política en Razón de Género
INTEGRANTES:
Articulación de Mujeres por la Equidad y la Igualdad AMUPEI
Asociación de Concejalas de Bolivia - ACOBOL
Plataforma de Mujeres
Defensor del Pueblo
Foro Político de Mujeres
Coordinadora de la Mujer
ULTIMAS NOTICIAS
23 de Octubre
Luego de que el tratamiento de la Ley Contra el Acoso y la Violencia Política en Razón de Género fuera postergado en el Pleno Camaral hasta nuevo aviso, el Grupo Impuldor continua formulando nuevas estrategias para influir en los tomadores de decisión.
6 de septiembre
Debido a problemas internos dentro del Parlamento Nacional, el tratamiento de la Ley Contra el Acoso y la Violencia Política en Razón de Género fue postergado hasta una fecha indeterminada
4 de Septiembre MOVILIZACIÖN - Por la Aprobación de la Ley contra el Acoso y la Violencia Política
Este 4 de septiembre se realizó una Movilización en las puertas del Parlamento Nacional donde concejalas y asociaciones de mujeres se hicieron presentes para exigir la aprobación de la Ley Contra el Acoso y al Violencia Política en Razón de Género. Organizaciones como AMUPEI, ACOBOL y otras estuvieron presentes para hacer escuchar su voz.
30 de Agosto
CAMPAÑA DE APOYO A LA APROBACION DE LA LEY CONTRA EL ACOSO Y LA VIOLENCIA POLÏTICA
AMUPEI como parte del Comité Impulsor por los Derechos Políticos de las mujeres lanzó una campaña a través de importantes medios de comunicación a nivel nacional para sensibilizar a la población sobre la importancia de la aprobación de la Ley Contra el Acoso y la Violencia Politica en Razón de Género.
Escuchar las cuñas aquí
Ver el spot aqui
Antecedentes
El
Proyecto de Ley Nº 422/07: “Ley contra el
acoso y la violencia política en razón de género” es una iniciativa
legislativa presentada por la
Sociedad Civil en la Legislatura 2005-2006 con la signatura
PLSC-004/05-06. Fue replanteada y repuesta en la legislatura 2006 con el Nro
277/06-07 por la diputada Elizabeth Salguero Carrillo. Dicho Proyecto de Ley fue elevado en consulta al Poder Ejecutivo,
obteniéndose respuesta en fecha 14 de junio de 2006, remitiéndose la misma a la Comisión de Política
Social en fecha 19 de junio del presente. La respuesta del Poder Ejecutivo, procedente del Ministerio de Justicia y
firmada por la entonces Ministra Casimira Rodríguez Romero anexa un Análisis
que en su parte conclusiva y de recomendaciones sugiere la aprobación con observaciones del referido
Proyecto de Ley. En fecha 16 de agosto de 2006, en la 75ª Sesión Ordinaria de la HonorableCámara de Diputados, el
Pleno Camaral trató el proyecto de ley 277/2006-2007:“Contra el Acoso y Violencia Política en Razón
de Género”, luego de una lectura del informe positivo de la Comisión de Política
Social, procedió a aprobar En Grandedicha iniciativa legislativa, deteniéndose en el tratamiento en su
estación En Detalle por haberse establecido incongruencias jurídicasy
una inadecuada pertinencia conceptual. A fin de poder salvar estas observaciones la Presidencia de la Honorable Cámarade Diputados decidió conjuntamente con el Pleno Camaral, conformar una Comisión
conjunta entre las Comisiones de Política Social, Desarrollo Humano y
Constitución, Justicia y Policía Judicial con la finalidad de poder subsanar
las observaciones y elaborar un informe conjunto y preconsensuado que viabilice
dicha iniciativa legislativa.
En este sentido, se realizaron varias
reuniones de análisis técnico en fechas 30 y 31 de agosto, el 4 de septiembre y
a fines de noviembre del 2006, donde participaron la Unión de Mujeres
Parlamentarias de Bolivia, Asociación de Concejalas de Bolivia, el Comité
Impulsor para la Leycontra la Violencia
Política en razón de genero, el Comité de Género y asuntos
Generacionales, la Comisiónde Desarrollo y Política Social, elaborándose un informe técnico del proyecto
de Ley que subsana las observaciones realizadas por el pleno Camaral.
Analisis de la Comisión
Según
reportes presentados por la
Asociación de Concejalas de Bolivia, desde el año 2000 al
2005, se han presentado 117 denuncias de violencia y acoso político en contra
de Alcaldesas y Concejalas en diferentes municipios de Bolivia, principalmente
rurales. Otras denuncias han llegado a la Unión de Mujeres Parlamentarias y a las Unidades
de Género de las Prefecturas Departamentales otras no fueron registradas porque
no se denunciaron.De todas las denuncias, ninguna llegó a una sanción efectiva; por ese
motivo el Comité Impulsor de los Derechos Políticos de las Mujeres, compuesto
por instituciones públicas, organismos de cooperación y organizaciones de la
sociedad civil, tales como el entonces Viceministerio de Justicia, el
Viceministerio de la Mujer,
Defensor del Pueblo, Unión de Mujeres Parlamentarias (UMPABOL), Asociación de Concejalas
de Bolivia (ACOBOL), Desarrollo Democrático y Participación Ciudadana, Foro
Político Nacional de Mujeres, Coordinadora de la Mujer, Articulación de
Mujeres por la Equidady la Igualdad(AMUPEI), y otros; handesarrollado
actividades conjuntas en contra de la violencia y la discriminación de las
mujeres en el ejercicio de la participación política, con la finalidad de
prevenir esas prácticas y finalmente erradicarlas. En este sentido las mujeres que han sufrido diferentes acciones para
perjudicar o evitar su participación política a nivel municipal, departamental
y nacional llegando hasta la renuncia, no encontraron una instancia que pueda
asumir su defensa, debido a que al ser autoridades se encontraban en una
situación de desventaja en relación a las ciudadanas comunes, sin que la ley
contemple ninguna disposición al respecto.Es importante señalar que la participación política de las mujeres se
enmarca en Convenios, Tratados y Pactos Internacionales y otros referidos a la
legislación nacional, sin embargo las leyes de la Republica no han
incorporado e implementado acciones concretas para el ejercicio efectivo de los
derechos políticos.
Entre
otras, el marco normativo que protege la participación política de las mujeres a nivel internacional está constituida por la
Convención Americana sobre los Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica, Ley 1430; Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Ley Nº 1100, CEDAW y
su protocolo Ley 2103; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Ley 2119; Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o Convención de Belem
do Para, Ley 1599.
El marco normativo nacional está constituido por:Constitución Política del Estado;Ley de Partidos Políticos, Art. 19; Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, art. 8; Código Electoral; Ley de Municipalidades, 2028; Ley de Participación Popular, 1551: Código Penal; y Código de Procedimiento Penal.
La Comisiónde Política Social, en Sesión Nº 2 de fecha 28 de febrero recomienda
APROBAR CON MODIFICACIONESel mencionado Proyecto de Ley.
Publicaciones
Revista Bolivianas en Enlace 2007
Descarga la versión online de la Revista Bolivianas en Enlace....
(Descargar pdf)
Articulando Esfuerzos para la Equidad de Género e Igualdad de Oportunidades para las Mujeres
Descarga la version online de este documento de Sistematización del Trienio 2005 - 2007 de AMUPEI